El 7 de agosto del año 1968 se publicó en Chile la Ley 16.880 de Organizaciones Comunitarias que se distingue entre dos tipos, la de carácter territorial y las de carácter funcional. De este modo, Se reconoció a las Juntas de Vecinos como una expresión de solidaridad y organización del pueblo en el ámbito territorial para la defensa permanente de los asociados y como colaboradoras de la autoridad del Estado y de las Municipalidades, motivo por el cual se celebra el Día del Dirigente Social y Comunitario.
Con el nombre de organizaciones funcionales, la ley reconoció, además, a otras organizaciones comunitarias, tales como Centros de Madres, Centros de Padres y Apoderados, Centros Culturales y Artísticos, Organizaciones Juveniles, Organizaciones Deportivas, Grupos Corales, Cooperativas y otras que tengan caracteres similares, que representen y promuevan valores específicos de la comunidad vecinal.